
La reforma laboral, compuesta por 26 títulos y más de 200 artículos, incluye la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un elemento clave para el ministro de Economía, Luis Caputo. Este fondo, diseñado para cubrir indemnizaciones por despido, genera alertas entre economistas y opositores por su potencial impacto en el financiamiento del sistema previsional.
Durante la votación particular en la Cámara de Diputados, el artículo sobre el FAL generó tensión. La oposición buscó rechazarlo, pero el oficialismo lo defendió con éxito. El Capítulo II, que lo contiene, obtuvo 130 votos a favor, 117 en contra y tres abstenciones, cinco votos menos que en la aprobación general.
El FAL se financiará con contribuciones mensuales obligatorias: 1% de la masa salarial para grandes empresas y 2,5% para pymes, recursos que antes se destinaban a la ANSES. Economistas y opositores calculan una recaudación anual entre 3.000 y 5.000 millones de dólares.

Los empleadores crearán cuentas individuales inembargables por empleado, gestionadas por entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores, como bancos, billeteras virtuales o compañías de seguros. Los opositores temen que estos fondos se usen principalmente para adquirir títulos de deuda soberana y financiar el Tesoro.
Bloques como Unión por la Patria y Provincias Unidas señalan que el sistema reducirá recursos para la seguridad social, afectando especialmente a provincias con cajas jubilatorias dependientes de transferencias de la ANSES. En el Senado, senadores como Alejandra Vigo (Córdoba), Flavia Royón (Salta) y Maximiliano Abad (UCR) rechazaron el Título II completo.
En Diputados, el oficialismo perdió apoyo en este punto: los cordobeses Carolina Basualdo y Carlos Gutiérrez (Provincias Unidas), Jorge Rizzotti (Jujuy) y Sergio Capozzi (Río Negro) votaron en contra del Título II, mientras Karina Banfi (UCR) se abstuvo.
“Es la reforma previsional encubierta. Es, ante todo, una reforma financiera va a ser utilizada para fondear al Tesoro. Con este fondo rompen el sistema previsional argentino, no se van a poder pagar aumentos jubilatorios y más temprano que tarde el Gobierno va a tener que derogar la ley de movilidad jubilatoria”, advirtió Vanesa Siley (Unión por la Patria).

“No se me ocurre mejor definición para este fondo que ‘cinismo’ -enfatizó Nicolás Massot (Provincias Unidas-foto superior-)-. Hacen un fondo obligatorio y, encima, subsidiado. Subsidiado con fondos de la Anses. A la oposición nos acusaban de degenerados fiscales cuando el año pasado pedíamos una indexación para los haberes jubilatorios, nos acusaban de producir un agujero fiscal en la Anses. Me encantaría que nos expliquen cómo puede ser que, sin ponerse colorados, y después de que el 50% del ajuste fiscal que le permitió al Gobierno mostrar un superávit fiscal lo hayan hecho los jubilados y los pensionados, cómo les da la cara para venir a plantear acá un subsidio directo a los despidos”.
Provincias Unidas propuso hacer el FAL optativo y financiarlo con la mitad del impuesto al cheque que pagan los empleadores, en lugar de aportes patronales.
El FAL consiste en cuentas empresariales en entidades financieras, destinadas exclusivamente a indemnizaciones. La Comisión Nacional de Valores supervisará el sistema, que generará intereses y comisiones para las administradoras.
Los fondos provienen de un porcentaje de salarios, reduciendo en igual medida los aportes a la ANSES, sin costo extra para empleadores. El Ministerio de Economía puede elevar las tasas a 1,5% y 3%.
Características
Para trabajadores, la reforma excluye del cálculo indemnizatorio vacaciones, aguinaldo, horas extras y otros ítems, permitiendo pagos en cuotas. El FAL no altera el derecho a cobrar, independientemente de su saldo.
Si el fondo es insuficiente, el empleador cubre la diferencia con otros recursos. Aplica solo a empleados registrados con al menos un año de antigüedad.
Tras la promulgación, los fondos no se usarán en los primeros seis meses para acumular saldo. Si alcanza la cobertura mínima, el empleador puede suspender aportes temporalmente, según la reglamentación del Ministerio de Economía.
En caso que cierre una empresa, el empleador recupera los fondos tras verificar obligaciones laborales. En tanto que está prohibido usar estos recursos para otros fines; y las infracciones se multarán con hasta el doble del monto más intereses.